Etiqueta: borrador

A contribuir toca…

Un año más, por estas fechas, nos ponemos en marcha con las Declaraciones de la Renta.

Más de uno ya está curtido en estos temas por la experiencia cogida año tras año, pero también hay muchos otros que no saben ni qué es eso de la renta 😉

Para éstos últimos estamos nosotros, poniendo nuestros conocimientos a su servicio, pidiéndoles toda la documentación necesaria para que siempre salga el mínimo posible a pagar o el máximo posible a devolver sin salirnos de lo legal y sin querer defraudar a Hacienda, por supuesto.

Para unos y para otros, va dedicado este post con los pasos a seguir y con las cosas más importantes que no podemos olvidar poner en nuestra declaración.

PASO A PASO

  1. Solicitar el borrador. Para ello habrá que acceder a la página web de la Agencia tributaria, rellenar nuestro DNI, apellido y el importe de la casilla 620 de la declaración presentada el año pasado (si se presentó) o marcar la opción de no declarante (si no se hizo).
  2. Confirmar/modificar el borrador. Una vez tenemos el borrador, deberemos comprobar que están todos nuestros datos y que son correctos y, si es así, confirmarlo también a través de la misma web. En caso de que algún dato esté mal, pulsaremos la opción modificar y lo cambiaremos, para después darle a presentar.
  3. Programa PADRE. Este es nuestro medio de presentación. En MMGESTION, hacemos todas las declaraciones con el programa que ofrece Hacienda y así comprobamos uno a uno todos los datos e incluimos aquellos que Hacienda no tenía y que no se pueden incorporar modificando el borrador.

REVISIÓN DE DATOS

Cada vez que un cliente nos pide que le hagamos la declaración de la renta, nuestras primeras preguntas son…

¿Tienes hipoteca? ¿Pagas alquiler? ¿Cuota sindical? ¿Plan de Pensiones? ¿Estás colegiado?

Y es que estas preguntas son muy importantes, ya que si las respuestas son todas afirmativas, puedes pasar de pagar a que te devuelvan.

Pero además de eso, hay que revisar la información de los inmuebles, sus referencias catastrales, los datos familiares, si dependen de ti menores de edad o mayores de 65 años, si tienes derecho a la deducción por maternidad o por obras en tu vivienda, deducción por gastos educativos, si has obtenido ganancias o pérdidas patrimoniales en la compra o venta de acciones… Y esto son sólo ejemplos, hay muchos puntos más a tener en cuenta.

Y para acabar, habrá que revisar si nos podemos acoger a alguna deducción por la Comunidad Autónoma en la que vivimos. Cada una tiene unos “requisitos”, así que no se puede generalizar.

Y ya está. Presentamos la declaración y a esperar que nos pasen el cargo o que nos hagan la devolución.

Solo añadir que si nos toca pagar, se puede aplazar el pago en dos. El 60% del total a pagar nos lo cargaran en nuestra cuenta el 30 de junio y el 40% restante, el 5 de noviembre.

 

Estamos a vuestro servicio por un precio muy ajustado y competitivo. Llamadnos, escribidnos un mail o usad los enlaces de las redes sociales en las que veáis esta publicación, incluso atendemos por whas app en el 680.407.960, estaremos encantados de atenderos.

 

En MMGESTIÓN estamos por, para y contigo y tu negocio.